Qué es el Derecho Marítimo. Características

El Derecho Marítimo es una rama del Derecho que estudia los hechos y relaciones que surgen con motivo de la navegación por agua o que se refieran a él.

También es el Derecho Marítimo el sistema de normas jurídicas especiales que regulan todos esos hechos y relaciones.

Con el enorme desarrollo del transporte marítimo y el comercio, así como de la explotación de los recursos del mar, el Derecho Marítimo se convierte hoy en un arma muy poderosa para la protección del medio ambiente.

Las regulaciones y acuerdos internacionales que surgen a su amparo y tutela son instrumentos para la coexistencia pacífica entre los Estados.

El Derecho Marítimo y su historia resumida

En el año 2000 Antes de Cristo el rey Hammurabi de Babilonia hace un código. Este es conocido como «Código de Hammurabi».

En él describían disposiciones muy rudimentarias relacionadas con el Derecho Marítimo. Artículos relacionados con los fletes, la responsabilidad del transportista, las construcciones navales, entre otras.

Entre el 200 a.C. y el 100 d.C. fue escrito el Manu Smriti o Código de Manu. En el mismo aparecían referencias a los contratos originados en el Comercio Marítimo.

En la época romana, fundamentalmente durante el Imperio, la navegación experimenta un tremendo auge. Son dos los códigos más importantes de ese período. El Código Justiniano y el Código de Teodosiano.

Durante el Bajo Imperio, en un trabajo publicado por el emperador León «El Sabio», se reunieron en un solo libro todas las reglas del Derecho Marítimo Bizantino existentes hasta el siglo X. Se conoce a esa normativa como «Las Basílicas».

En el siglo XI el Duque de Normandía Guillermo, el «Conquistador de Jerusalén», puso algunas disposiciones referentes a materias marítimas en las leyes que él dio a Inglaterra.

En el siglo XII se realizó una compilación titulada «Audiencia de Jerusalén» con reglas del Derecho Marítimo.

La mayor manifestación orgánica, la de mayor valor en de la Edad Media lo fue «El Consulado del Mar».

Esa compilación contenía normas relativas a la construcción de buques, a las obligaciones del armador, a los derechos y obligaciones de los tripulantes, los fletamentos, los pasajeros y otras. Esta compilación fue aceptada en todo el Mediterráneo por navegantes y comerciantes.

Desde el siglo XVI se publicaron en España varias Ordenanzas

  • la Pragmática sobre Fletes de 1552,
  • la Ordenanza de la Casa de Contratación de Sevilla de 1556,
  • la Ordenanza de Carlos V de 1552,
  • el Reglamento sobre la policía de los contratos de 1538,
  • Ordenanza de la Contratación de Bilbao,
  • la de San Sebastián de 1682.

Todas ellas se fundieron luego en una colección conocida como Recopilación de Las Indias de 1774. En Francia se sistematizó la legislación marítima mediante las Ordenanzas de la Marina de 1681, lo cual constituyó un verdadero Código de Navegación. En el siglo XIX se crea el Comité Marítimo Internacional y con este comienza una nueva etapa en el desarrollo del Derecho Marítimo.

El Código de Navegación Italiano de 1942 es de gran trascendencia para el derecho marítimo así como también de la extinta URSS de 1929 actualizado mediante la incorporación de convenciones internacionales y la moderna Ley Federal Suiza de 1953.

Legislación Internacional actual sobre el Derecho Marítimo

Las Fuentes Principales del Derecho Marítimo
  • La Jurisprudencia
  • El Derecho Consuetudinario.
  • La Doctrina.
  • El Derecho Estatuario.

El Derecho Consuetudinario es aquel producido por la voluntad jurídica de una colectividad, manifestada normalmente mediante el uso prolongado e ininterrumpido de determinada actividad o hecho; la costumbre.

En los tiempos en que no existían leyes todo el Derecho era consuetudinario. Aún en nuestros días este Derecho conserva su importancia y es fuente.

El Derecho Estatuario es el escrito. Tiene un carácter estático a diferencia del consuetudinario que es muy dinámico.

La jurisprudencia se basa en las decisiones reiteradas y uniformes de tribunales los que algunos casos interpretan la ley escrita y en otros llenan vacíos o lagunas de dicha ley mediante construcciones jurídicas apropiadas.

La Doctrina no es una fuente directa como tal del Derecho Marítimo. Su importancia no es tal. Esta consiste en la opinión de autores sobre tópicos de Derecho Marítimo y su influencia en la modificación de leyes vigentes. De esa forma la autoridad competente puede seguir la orientación o sugerencia de esos destacados autores juristas.

Características del Derecho Marítimo

El Derecho Marítimo cuenta con instituciones muy propias que no tienen similitud con otras ramas del Derecho.

  • Particularismo
  • Especialidad o Autonomía
  • Tradicionalismo
  • Universalidad

La incorporación del Derecho Marítimo a un Código de Comercio no es razón suficiente para que este pierda su particularidad. Puede ver lo relacionado con el Contrato de Fletamento.

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