Garantía del pago del alquiler no puede ser nómina.

Cuando se necesita arrendar una vivienda la garantía del pago del alquiler por parte del arrendador debe ser una constante. Es lógico y necesario para poder tener cierta seguridad en que no se dejarán de abonar las cuotas mensuales.

Pero… ¿Son realmente una garantía del pago del alquiler las nóminas presentadas, de dos, tres y hasta de un año?

La única garantía del pago del alquiler es la contratación de un Seguro

La gran estupidez de pedir nómina a los que quieren alquilar vivienda. Es la mayor gilipollez que he visto en el negocio inmobiliario.

Mejor un extracto de cuenta bancaria o el IRPF anual anterior que tampoco es definitivo esa última.

Y es absurdo lo de las nóminas porque usted puede estar trabajando 20 años y quedarse sin ingresos de un día para otro y las nóminas no servirán de nada para cubrir el pago del inmueble con lo que le quedará.

¿A quién le van a cobrar cuando te despidan, al empleador?

En cualquier momento solo van a arrendar a funcionarios, que ya me pasó una vez en Tenerife, incluso ni pagando el año completo aceptaron, solo funcionarios. Pero bueno, son libres de elegir.

La renta del año anterior no sirve si ahora ganas más no menos, no hay forma de comprobar, solo la buena voluntad del declarante.

En el sur de Gran Canaria a las prostitutas y prostitutos, y tal vez en otros lugares de España, les rentan sin nómina con solo decir que son prostis. Y para eso no hay cupo en la Seguridad Social como autónomos.

También pesa no ser nacional español. Muchos dueños son xenófobos. No sé, los nacionales dejan de pagar y son okupas también. Pero España anda patas arriba con muchos haciendo voces a la xenofobia y al odio en lugar de resolver el empleo.

¡Paguen un seguro señores arrendadores y no sean tacaños!

El seguro de alquiler es la mejor garantía para cubrir impagos de alquiler y demandas judiciales.

No hay garantía para problemas futuros que surgen en la vida para evitar impagos de alquiler. Como decía anteriormente usted puede tener un empleo con 20 años de antiguedad y quedar sin ingresos.

Ya sea por despido, accidente u otra causa, el arrendatario que presenta nóminas puede quedarse sin los ingresos declarados de un día para otro.

La declaración del IRPF anual tampoco debe ser tomado como una garantía de pagos futuros. «En el pasado ganaba tanto…» pero en el presente y futuro las cosas pueden cambiar.

¡Un avalista como garantía del pago del alquiler! Otro error. El avalista puede también tener problemas futuros, incluso quedar más vulnerable que el titular del arrendamiento de vivienda habitual.

Entonces… ¿Cómo encontrar una garantía para el pago del alquiler? El Seguro de Alquiler es la única garantía que le protege ante impagos de cuotas por alquiler.

Qué cubre el Seguro de Alquiler

  • Impago de alquileres: Protege al propietario de la vivienda alquilada incluyendo hasta 12 meses de impago de la renta.
  • Defensa jurídica del arrendador: El seguro Protección Alquiler cubre la defensa jurídica del arrendador frente a conflictos derivados del contrato, incluido el desahucio, la reclamación de daños y perjuicios, defensa penal del arrendador y actuaciones y honorarios profesionales, cada una de las garantías hasta un límite de 3.000 euros. Asimismo, ofrece al asegurado un servicio telefónico de orientación jurídica.
  • Daños materiales: Garantiza una indemnización por actos vandálicos ocasionados por el inquilino.
  • Asistencia en el hogar: Incluye las reparaciones urgentes así como los servicios de conexión con profesionales.

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