Sin Pagar Aranceles Hasta Diciembre en Cuba

Cuba extiende la prórroga sin pagar aranceles hasta diciembre de 2022 según la Gaceta Oficial No. 37 Extraordinaria, de 13 de mayo de 2022.

La Gaceta Oficial No. 37 Extraordinaria, de 13 de mayo de 2022, publica la Resolución 138 del 2022 del Ministerio de Finanzas y Precios que extiende hasta el 31 de diciembre del 2022, la vigencia de los beneficios temporales concedidos en la Resolución 309, del 15 de julio de 2021 referentes a la exoneración de pago del Impuesto Aduanero de la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado, sin límites en el valor y cantidades, y libre de pago de los aranceles. 

Sin pagar aranceles a ciertos productos en Cuba hasta el 31 de diciembre de 2022

De igual manera se prorrogan los beneficios arancelarios otorgados mediante las resoluciones 318 y 321 de julio de 2021, de la exoneración de pago del Impuesto Aduanero por la importación de estos productos, a las entidades estatales y asociaciones económicas internacionales, así como para los insumos y materias primas que entidades estatales importen con destino a las formas de gestión no estatales.

Estas medidas tienen como objetivo aliviar la situación de desabastecimiento en el mercado nacional ante el incremento de los precios de importación de las mercancías, así como los costos de producción por el alza de precios de las materias primas y los fletes en el mercado internacional, y estimular la producción de bienes y prestación de servicios por la formas de gestión no estatales.

En correspondencia con la prórroga de los beneficios otorgados por el Ministerio de Finanzas y Precios, la Aduana General de la República emite la Resolución 104 de 2022, prorrogando lo dispuesto en la Resolución 213 de 2021, que establece la no aplicación de forma temporal de lo dispuesto en la Resolución 206 de 2014 de la propia autoridad, en cuanto a los límites a las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales de los productos que clasifiquen como alimentos, medicamentos y aseo que integren el equipaje acompañado de los pasajeros, siempre que se presenten ante la Aduana separados del resto de los productos.

Tomado íntegramente del Ministerio de Finanzas y Precios

Descargar disposición en la Gaceta Oficial.

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