Habitabilidad de la vivienda para alquileres en España

Para la habitabilidad de la vivienda existe una normativa muy nueva al respecto.

Se trata del Código Técnico de la Edificación (CTE). Es una normativa que establece las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios y sus instalaciones. Todo con el fin de garantizar los requisitos de seguridad y habitabilidad de sus usuarios, el bienestar social y la protección del medio ambiente.
 
Este código no solo regula las condiciones que han de tener las fabricaciones de nueva construcción sino también las referidas a obras de mejora en las ya existentes.

La habitabilidad de la Vivienda tiene requisitos que pide la ley

Se recogen los requisitos que deben cumplir los edificios. Así se regulan las exigencias básicas para:

  • seguridad estructural;
  • seguridad en caso de incendio;
  • seguridad de utilización;
  • higiene, salud y protección del medio ambiente;
  • de protección contra el ruido;
  • y para ahorro de energía.

Vivienda – Condiciones de Habitabilidad

SEGURIDAD ESTRUCTURAL:

La vivienda será de construcción segura y firme para evitar los riesgos de desplome y los derivados de los agentes atmosféricos.


SUPERFICIE Y VOLUMEN ÚTILES:


  • La vivienda familiar contará como mínimo de una habitación capaz para estar, comer y cocinar, un dormitorio y un cuarto de aseo compuesto de baño, lavabo e inodoro. 
  • Todos los dormitorios, así como la cocina, tendrán primeras luces al espacio abierto exterior o a patios interiores. 
  • La estancia tendrá vistas y recibirá iluminación del espacio abierto exterior o de patio de manzana.


DOTACIONES MÍNIMAS:


  • Agua potable, caudal de 0.15 L/seg. 
  • Evacuación de aguas residuales a saneamiento o pozo séptico. 
  • Energía eléctrica. 
  • Puntos de luz (uno o más en cada recinto). 
  • Tomas de corriente (uno o más en cada recinto) 
  • Energía calorífica (calefacción). 
  • Equipo sanitario: Inodoro, lavabo, bañera o ducha. 
  • Equipo doméstico: cocina, fregadero, frigorífico.



AISLAMIENTO ACÚSTICO:


De día 45 dB(A) o menos, de noche 30 dB(A) o menos.


VENTILACIÓN:


Las ventanas deberán ser practicables en un 25% o más. La capacidad mínima de renovación del aire será de 1 volumen por hora


PREVENCIÓN DE ACCIDENTES:


  • Las ventanas deberán estar dotadas de «antepecho», los balcones tendrán barandillas. 
  • Si se utiliza gas butano deberá estar situado en un lugar con adecuada ventilación.


SUPERFICIES MÍNIMAS EN HABITACIONES:


  • Dormitorio de una cama: 6 m2 de superficie y 15 m3 
  • Dormitorio de dos camas: 10 m2 y 25 m3 .
  • Cuarto de estar: 10 m2. 
  • Cocina: 5 m2. 
  • Retrete: 1.50 m2. 
  • Si la cocina y cuarto de estar constituye una sola pieza, esta tendrá una dimensión mínima de 14 m2. 
  • La altura de todas las habitaciones, medida desde el pavimento al cielo raso, no será inferior a 2.50 m. 
  • Los pisos inferiores estarán aislados del terreno natural mediante una cámara de aire o una capa impermeable que proteja de las humedades del suelo. 
  • Los dormitorios y cuartos de aseo han de ser recintos independientes y no de paso.


CARACTERÍSTICAS DE UNA VIVIENDA HIGIÉNICA


1. Temperatura apropiada a las funciones que se realizan en cada estancia

2. Aire exento de impurezas y olores molestos.
3. Grado de humedad saludable y cómodo (inferior al 60%).
4. Ventilación adecuada.
5. Protección contra los ruidos.

6. Iluminación natural y artificial adecuada, cualitativa y cuantitativamente.
7. Posibilidad de desarrollar la vida de familia sin menoscabo de la necesaria
sensación de intimidad.
8. Diseño que permita el desarrollo de las actividades individuales y familiares sin fatiga ni riesgo.

BIBLIOGRAFÍA

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