La crítica situación de familias españolas en exclusión social se agrava en el invierno de 2021-2022
El aumento de la tarifa eléctrica, provocada por múltiples condiciones, más subjetivas que objetivas, está llevando a una grave crisis social.
Crítica Situación de Familias Españolas sin empleo
Una imagen vale más que mil palabras y la del consumo eléctrico es un fiel ejemplo del gasto de un hogar español comenzando el invierno.
La subida del costo de la electricidad provocado por múltiples factores más subjetivos que objetivos, incide de manera grave en las familias españolas.
Súmele a ello:
- los altos pagos por alquiler de vivienda habitual,
- el alza del combustible para moverse,
- el incremento de los precios de los alimentos,
- la encarnizada lucha por el poder político por encima de los intereses de los españoles,
- … y más….
Pero en no todas las familias. Ese daño se hace más agudo y peligroso en hogares donde ningún miembro de la familia tiene acceso al trabajo. Aunque se diga en el artículo 35 de la constitución española.
En el artículo 40 de la constitución, actualizada en 2011, se dice que «Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.»
Mientras el artículo 41 dice que: «Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.»
Un artículo 41 en que se complica por el enmarañado trámite para lograr su cumplimiento.
Se dice que todos los españoles tienen derecho al trabajo y a una remuneración suficiente. Esa remuneración debe satisfacer las necesidades propias y de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
No se menciona la edad como no discriminante para el acceso al trabajo en España
En la Constitución del Reino de España no se menciona la edad como limitante para el acceso al empleo digno y suficiente. Eso es base para que los empleadores puedan discriminar libremente acorde a la edad.
La constitución no menciona la edad porque indica «todos los españoles» y no especifica otra cosa referente a la edad.
Es en la Ley del Estatuto de los Trabajadores donde se menciona la edad. Pero según se interpreta sólo es para trabajadores, no para desempleados buscando trabajo.
La crítica situación de las familias españolas es aún más grave cuando en la familia la edad mutila el derecho.
No importa que tengas calificación, seas profesional universitario o tengas capacidad para el trabajo.
Pasa lo mismo con el acceso al trabajo autónomo donde la Seguridad Social te obliga a pagar cuotas imposibles. El INSS con toda su buena fe de ayudar se convierte en Inseguridad Social.
Y es así porque a los «pasados en edad» se les obliga a cotizar una cuota superior. Pero además, cuando no encuentras un empleo por cuenta ajena tienes que auto-emplearte.
Es decir, convertirte en trabajador autónomo, de alta en Hacienda para estar en regla y no ser multado. Poder publicar anuncios con el objetivo de buscar clientes.
De otra forma, el excluido social por la edad en situación de desempleo, estaría incumpliendo la ley y podría ser multado por trabajar honradamente.
La Ley de la Seguridad Social debe Cambiar a más Justa y Equitativa
Un buen paso sería que las cuotas de la Seguridad Social fuesen sobre la base de los beneficios. Igual que se hace con el IRPF Hacienda.
¿Cómo va a pagar casi 300 euros mensuales un excluido social que se inicia como autónomo?
Es una locura total. El INSS debe tener en cuenta qué trabajador es el que se ve obligado, no como opción, a decantarse por el auto-empleo. Esa persona demandante de empleo de larga duración, sin derecho a prestaciones aunque lo digan sus normas, tiene que tener otras opciones más justas y equitativas.
No hay que ser especialista en recursos humanos, sociólogo ni saber leer y escribir. Tan sólo sentido común es lo que se necesita.
Además, el pago de la SS debe ser opcional y no obligado. Es problema de cada cual asegurarse una pensión al final de su vida activa laboralmente acorde a la norma.
No se debe obligar. Es la norma la que obliga al Estado a generar el gasto social, a mantener a personas sin actividad laboral por llegar a la edad de jubilación o por discapacidad.
¿Cómo se va a obligar a cada ciudadano a pagarse uno mismo su retiro o incapacidad?
¿Es que el pago de obligaciones, el IVA que al final repercute en todos los ciudadanos, impuestos de diferentes tipos, y tras tantas cargas que se soportan no alcanzan?
Cree el Estado empresas productivas para sostenerse por sí mismo y no basado en altos impuestos o cuotas a la SS. Tienen que modernizar el cobro de multas, impuestos, IVA y cargas para que sean más justas y equitativas.
Las multas deben ajustarse a los ingresos de cada cual y no generalizar. No ejerce el mismo efecto una multa de 20 euros a quien gana 1500 mes que al que gana 15 mil.
¿Cómo le va a cobrar casi 300 euros a un desempleado que trata de autoemplearse? Le cobra lo mismo al que lleva 10 años generando 5000 mensuales. ¿Es eso justo y equitativo?
Sea el aporte a la SS una opción más que una obligación o bájense las cuotas. Parte del desempleo y el desánimo de los empleadores se basa en esos gastos.