La pintura y huecos en paredes en alquiler

Cuando se trata de pintura de paredes en alquiler eso es un mantenimiento que corresponde a quien usa el inmueble.

No obstante sea el dueño quien deba realizar los mantenimientos, la pintura puede ser cargada sobre el inquilino. Es muy sencillo de explicar la razón. Quien usa el inmueble es su máximo responsable.

El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos obliga al arrendador a realizar mantenimientos para la habitabilidad de la vivienda.

Pero sin pintura un inmueble puede ser habitable, no agradable a la vista pero si vivible. De todas formas se exige por parte de Vivienda que la pintura de paredes en alquiler esté en óptimo estado.

La pintura de paredes en alquiler puede corresponder al arrendador o al arrendatario

Pues bien, la pintura a las paredes debe corresponder al inquilino si es que cuando alquiló en buen estado de ella estaban las paredes.

Bien tacaño y poco competitivo es aquel que mal servicio ofrece y trata de alquilar un inmueble falto de pintura. Y digo esto pues hay veces en que se alquila un piso y pena da el estado.

Pintura es algo que se desgasta por el uso cuando no existen condiciones adversas que aceleren este proceso como pueden ser:

  • Humedades en las paredes producto de una falta de mantenimiento o reparación mayor, esa pintura debe ir por el casero.
  • Manchas de hollín producidas por un incendio o la pérdida de la propia pintura debido al siniestro no imputable al inquilino.
  • Mal estado de las paredes por falta de mantenimiento en su vestidura (el repello como le llaman algunos) que provoca desprendimientos.
  • Mala calidad en la pintura o la aplicación de esta que provoca ampollas degradando la superficie pintada.

Todo lo anterior es a cargo del casero pues todo es producto de falta de mantenimiento y de reparaciones necesarias.

Vay veces, en caso de siniestros, en que es el seguro de la vivienda quien paga daños y mantenimiento, pero la vivienda debe estar asegurada.

El inquilino debe asumir el gasto de pintura cuando usa el inmueble y todo está en regla

Si todo está en regla entonces las pequeñas reparaciones de que habla la ley son a cargo del inquilino. Las afectaciones producidas por el desgaste en el uso ordinario de la vivienda se cargan al arrendatario.

No pueden haber humedades, mala calidad de la pintura, incorrecta aplicación. Si el inquilino causa daños a la pintura pues este es quien asume.

Si existen manchas de grasa en las paredes que no estaban al comenzar el arrendamiento, rayones, marcas de muebles al recostarse a la pared, salpicaduras de agua producto de la limpieza u otras provocadas siempre por el inquilino, entonces la nueva aplicación correrá a cargo del arrendatario.

También puede imputarse la pintura de paredes como parte del mantenimiento en alquiler al inquilino si así lo estipula el contrato.

Para evitar reclamaciones siempre debe quedar claro el estado en que se comienza el arrendamiento. Lo que se pacta en el contrato donde se deben establecer cláusulas aclaratorias en ese sentido es palabra de peso.

Y hacer huecos en las paredes para colgar cuadros de vivienda en alquiler

Hacer agujeros o barrenos en las paredes de un piso o inmueble en alquiler puede ser si el dueño lo autoriza.

Puede que en el contrato inicial no se diga nada o se prohíba expresamente, no es lo común. Eso es un acuerdo a  que deben llegar inquilino y propietario.

Póngase en el lugar del propietario que le brinda un inmueble impecable, con paredes y pintura en óptimos estado, usted como inquilino tiene la obligación de cuidar ese estado. 

Barrenar paredes para colgar cuadros, cuando se está autorizado expresamente por el propietario, no representa problema alguno.

Debe barrenar las paredes del alquiler con cuidado y conocer bien dónde lo hace para evitar abrir el agujero sobre conductores de electricidad.

No debe hacer agujeros en paredes en posiciones sobre los interruptores de la luces porque de seguro hará un cortocircuito en la vivienda.

INTERRUPTOR DESMONTADO PARA VER HACIA DONDE VA LA LINEA ELECTRICA
marcar punto en pared para abrir agujero

Haga los agujeros para colgar cuadros en alquiler o para cualquier otro uso con los medios adecuados, taladro, barreno para hormigón o concreto, tornillos directos sobre hormigón o con los tacos plásticos. La profundidad del barreno es importante y depende del tornillo a usar.

No use puntillas o clavos para colgar cuadros en las paredes de alquiler. Los agujeros realizados con clavos, cuando estos son retirados, dañan el recubrimiento de las paredes y el trabajo de restauración es mayor.

Además, los golpes contra las paredes al clavar una puntilla molestan a los vecinos y son causa de vibraciones que pueden causar grietas en los revestimientos de las paredes.

tornillo y taco para montar cuadros en paredes

Un barreno bien realizado con la profundidad y diámetro ajustado al tornillo que soportará el cuadro que desea colgar en la pared es fácil de retirar y restaurar el agujero.

Cuando termine su contrato de alquiler, antes de irse, debe retirar todos los tornillos y cerrar y restaurar todos los agujeros.

Claro que siempre debe contar con el dueño para retirar los tornillos puestos en las paredes para colgar cuadros porque a lo mejor el dueño le dice que los deje.

Bueno, le he resuelto dos preguntas con una respuesta dando solución a sus dudas respecto a la pintura en vivienda en alquiler y si se pueden abrir agujeros en las paredes de un piso en alquiler.

También debe tener presente, al barrenar las paredes de un piso en alquiler, que la comunidad tiene sus normas con horarios y días establecidos para realizar obras en su piso. Debe cumplir con esas normas que no están por gusto.

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